¿Cuántos días de vacaciones te corresponden?
Al menos 30 días naturales por año trabajado (artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores). Tu convenio o tu contrato pueden darte más, nunca menos. Muchos convenios las cuentan en días laborables: 22 laborables, de lunes a viernes, equivalen a los 30 naturales.
Si no estás en la empresa el año entero, porque entraste o te vas a mitad de año, te corresponde la parte proporcional:
Días de vacaciones = días al año × días en la empresa ÷ 365
Entras el 1 de julio: 30 × 184 ÷ 365 = 15,12 días
La ley no dice cómo redondear. Muchos convenios redondean al alza (serían 16 días): mira el tuyo.
¿Se pueden cobrar en lugar de disfrutarlas?
No. Las vacaciones no se pueden cambiar por dinero mientras sigas en la empresa. Solo se pagan las que no hayas disfrutado cuando dejas la empresa: van en el finiquito, al sueldo de cada día. Al revés, si te vas habiendo disfrutado más días de los que te tocan, la empresa te los puede descontar.
Cuándo se disfrutan
- Las fechas se pactan con la empresa, según el calendario de vacaciones del convenio. Tienes que conocerlas al menos 2 meses antes. Si no hay acuerdo, las fija un juez.
- Si te pones de baja y coincide con tus vacaciones, no las pierdes: las disfrutas al volver, aunque haya acabado el año, siempre que no pasen más de 18 meses desde el final del año en que se generaron.
- Con la baja por embarazo o el permiso por nacimiento, también las disfrutas después, sin ese límite.
Otras dudas
- Tiempo parcial: tienes los mismos días que a jornada completa. Lo que cobras durante las vacaciones es tu sueldo de tiempo parcial.
- Bajas y permisos: el tiempo de baja médica y el permiso por nacimiento también generan vacaciones.
- Contratos temporales: generan vacaciones igual. Si el contrato acaba sin que las disfrutes, te las pagan en el finiquito.
Lo que no tiene en cuenta
- Los días de más por antigüedad u otras reglas de tu convenio, como contar las vacaciones de un año de alta a otro en lugar del año natural.
- Qué días concretos cogerás: si cuentas en laborables, los festivos que caigan en tus vacaciones no gastan días.
- Los complementos o pluses que algunos convenios pagan solo en vacaciones.
Datos revisados el 30/10/2026: artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. Para calcular todo el finiquito, usa la calculadora de despido y finiquito.