Tus vacaciones son en días
días
días
Naturales cuentan todos los días; laborables, de lunes a viernes sin festivos: 22 laborables equivalen a los 30 naturales de la ley.
Deja las fechas vacías si estás en la empresa todo el año.
€
Con las pagas extra. Opcional: sirve para saber cuánto valen los días que te quedan.
Días en la empresa en ${ anio } ${ resultado ? $numero(resultado.trabajados) : '—' }
Días ${ tipo } que te corresponden ${ resultado ? $numero(resultado.corresponden) : '—' }
Ya disfrutados ${ resultado ? $numero(resultado.disfrutados) : '—' }
Te quedan por disfrutar ${ resultado ? $numero(resultado.quedan) : '—' }

¿Cuántos días de vacaciones te corresponden?

Al menos 30 días naturales por año trabajado (artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores). Tu convenio o tu contrato pueden darte más, nunca menos. Muchos convenios las cuentan en días laborables: 22 laborables, de lunes a viernes, equivalen a los 30 naturales.

Si no estás en la empresa el año entero, porque entraste o te vas a mitad de año, te corresponde la parte proporcional:

Días de vacaciones = días al año × días en la empresa ÷ 365 Entras el 1 de julio: 30 × 184 ÷ 365 = 15,12 días

La ley no dice cómo redondear. Muchos convenios redondean al alza (serían 16 días): mira el tuyo.

¿Se pueden cobrar en lugar de disfrutarlas?

No. Las vacaciones no se pueden cambiar por dinero mientras sigas en la empresa. Solo se pagan las que no hayas disfrutado cuando dejas la empresa: van en el finiquito, al sueldo de cada día. Al revés, si te vas habiendo disfrutado más días de los que te tocan, la empresa te los puede descontar.

Cuándo se disfrutan

  • Las fechas se pactan con la empresa, según el calendario de vacaciones del convenio. Tienes que conocerlas al menos 2 meses antes. Si no hay acuerdo, las fija un juez.
  • Si te pones de baja y coincide con tus vacaciones, no las pierdes: las disfrutas al volver, aunque haya acabado el año, siempre que no pasen más de 18 meses desde el final del año en que se generaron.
  • Con la baja por embarazo o el permiso por nacimiento, también las disfrutas después, sin ese límite.

Otras dudas

  • Tiempo parcial: tienes los mismos días que a jornada completa. Lo que cobras durante las vacaciones es tu sueldo de tiempo parcial.
  • Bajas y permisos: el tiempo de baja médica y el permiso por nacimiento también generan vacaciones.
  • Contratos temporales: generan vacaciones igual. Si el contrato acaba sin que las disfrutes, te las pagan en el finiquito.

Lo que no tiene en cuenta

  • Los días de más por antigüedad u otras reglas de tu convenio, como contar las vacaciones de un año de alta a otro en lugar del año natural.
  • Qué días concretos cogerás: si cuentas en laborables, los festivos que caigan en tus vacaciones no gastan días.
  • Los complementos o pluses que algunos convenios pagan solo en vacaciones.

Datos revisados el 30/10/2026: artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. Para calcular todo el finiquito, usa la calculadora de despido y finiquito.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden al año?

Al menos 30 días naturales por año trabajado (art. 38 del Estatuto de los Trabajadores), que equivalen a unos 22 días laborables si trabajas de lunes a viernes. Tu convenio puede darte más, nunca menos.

¿Cuántos días de vacaciones tengo si entré a mitad de año?

La parte proporcional: 30 días por los días que llevas en la empresa ese año, entre 365. Si entraste el 1 de julio, unos 15 días. Muchos convenios redondean al alza.

¿Me pueden pagar las vacaciones en lugar de disfrutarlas?

No mientras sigas en la empresa: la ley prohíbe cambiarlas por dinero. Solo se pagan las que no hayas disfrutado cuando dejas la empresa, en el finiquito.

¿Pierdo las vacaciones si me pongo de baja?

No. Si la baja coincide con tus vacaciones, las disfrutas al volver, aunque haya acabado el año, siempre que no pasen más de 18 meses desde el final del año en que se generaron. Con la baja por embarazo o el permiso por nacimiento no hay ese límite.

¿Tengo menos vacaciones si trabajo a tiempo parcial?

No: tienes los mismos días que un trabajador a jornada completa. Lo que cobras durante las vacaciones es tu sueldo de tiempo parcial.

¿Con cuánta antelación tengo que saber mis vacaciones?

Con 2 meses como mínimo. Las fechas se pactan con la empresa, según el calendario de vacaciones del convenio; si no hay acuerdo, las fija un juez.

Copiado al portapapeles.